Un cambio significativo y profundo

El fallo de la Corte Suprema de Justicia en referencia a la situación legal de quienes están inscriptos y facturan como monotributistas, y el envío al Congreso de las leyes que persiguen la modificación de tópicos centrales de las leyes de despido, son clave en la construcción de un nuevo contrato laboral que despeje la creación de empleo en blanco y pongan límites a la industria del juicio en ese ámbito.

En el caso de la Corte, los hechos devienen de un juicio iniciado por un médico neurocirujano que demandó al hospital en que trabajaba aduciendo que el vínculo que lo unía a la institución era en carácter de empleado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo admitió el planteo con fundamento en que “el contrato de locación de servicios no existe más en ningún ámbito del derecho” y concluyó que, probada la prestación de servicios, el vínculo era necesariamente de carácter laboral. No obstante, la Corte ha fallado señalando que “la mera prestación de servicios para una empresa no implica que la relación sea dependiente” y remarcó la vigencia indiscutible de la figura de la locación de servicios en el derecho argentino.

El Tribunal descalificó el pronunciamiento porque omitió valorar prueba según la cual la relación no tenía ninguno de los rasgos típicos de la relación laboral: el médico era miembro de una asociación que tenía injerencia directa dentro del hospital en la toma de decisiones sobre qué profesionales podían ser admitidos en el nosocomio, cómo debían llevarse adelante las prácticas médicas y cómo eran distribuidos los honorarios. La Corte hizo hincapié, finalmente, en circunstancias adicionales indicativas de la ausencia de relación laboral -el actor era monotributista y emitía facturas, nunca hizo reclamo alguno durante siete años, y no invocó ni probó haber gozado de licencias o vacaciones pagas-. El fallo genera jurisprudencia y de ahora en más, la creación de juicios de trabajo a partir de relaciones laborales entre actores independientes que prestan servicios como monotributistas para mutar a litigantes por derechos de trabajo ordinario será cosa pasada.

Asimismo, el Gobierno elevó al Congreso un paquete de tres leyes, de las cuales la más significativa es la que propone la creación de un fondo específico, el Fondo Laboral Sectorial, que, al igual que el existente en la UOCRA, permite reunir recursos con un aporte patronal de libre disposición para el empleado una vez cesado en su trabajo, y reemplaza la indemnización tal y como se practica hasta ahora, lo cual es parte indivisible de la industria del juicio .Por otra lado, se propone que toda compensación extra -aguinaldo, premios, bonificaciones- se excluyan de la base de cálculo indemnizatorio. Son auténticos cambios de fondo que harán, de constituirse en normativa de plena vigencia, una Argentina más lógica y previsible.