El estado de indefensión en que la epidemia zaffaronista ha dejado a la sociedad tiene en Mar del Plata un capítulo central. Pocas ciudades del país soportan el asedio sistemático que organizaciones de diverso cuño llevan a cabo casi a diario, cortando la vía pública a su aire, con la impunidad que les otorga el vacío de poder legal concedido por los fiscales y magistrados de este Departamento Judicial.
Frente a los eventos de estas últimas semanas, el intendente Carlos Fernando Arroyo mantuvo dos acaloradas conversaciones telefónicas, una con el fiscal general Fabián Uriel Fernández Garello, y otra con el jefe departamental Fabio Astor, ante la reluctancia de ambos de actuar para despejar la vía pública, controlar la quema de gomas y proteger los derechos de los vecinos afectados por los cortes.
Garello, autor de un protocolo para establecer el accionar de la fuerza policial en estos casos, debe de estar muy abrumado por el jury que se le avecina, dado que parecía no recordarlo. Más aun: el intendente tuvo que refrescarle que hay una manda constitucional que garantiza como derecho irrestricto la libre circulación. El recordatorio del intendente al fiscal general se debió a que el ex agente de inteligencia de Ramón Camps reclamaba una ordenanza que proponga un marco propio para justificar el accionar judicial policial. Increíble, pero estrictamente cierto.
Lo expongo en negro sobre blanco, para que no haya lugar a dudas de qué se trata: una mujer que salió de la cochera ubicada en Luro entre La Rioja y Catamarca y pretendió atravesar el piquete, fue agredida por cuatro encapuchados que le partieron la mandíbula, ante la presencia de agentes de tránsito y policía. Hay filmación de cámara de seguridad sobre el episodio, y a nadie parece importarle.
Y es que no les importa, de verdad no les importa. El decisorio del Tribunal 3, que se niega a intervenir aduciendo falacias y cuestiones formales, es un claro ejemplo de lo que la infección del zaffaronismo y su brazo judicial, Justicia Legítima, le hacen a la sociedad. Dos veces han declinado actuar, invocando y protegiendo excluyentemente el derecho a la protesta, y la no criminalización de la política.
En tal resolutorio, los jueces decidieron rechazar “in limine” la acción de amparo interpuesta por Carlos Fernando Arroyo en nombre propio y en representación de las personas que habitan y transitan el Partido de General Pueyrredón –invocando su condición de intendente y titular del Departamento Ejecutivo Municipal- contra el Movimiento Popular Patria Grande y “cualquier otra organización y/o cooperativa y/o grupo de personas y/o movimientos sociales que provoquen las acciones y conductas que constituyen alteración del orden, de la salud y de la moral pública”.
Es decir, para los ciudadanos de a pie, los que trabajan y pagan impuestos, ni ley ni orden bajo ninguna circunstancia, en los términos de Fabián Riquert y Juan Manuel Sueyro, popes del Tribunal criminal 3.