En la misma semana en que una mujer fue asesinada por quienes impunemente corrían picadas por las calles de la ciudad, un ciudadano cumplirá un año sin disponer de su licencia de conducir. La Cámara de Apelación por fin intervendrá en resguardo de su derecho. Según parece…
La ciudad amaneció de luto una vez más, y esta vez no fue por el asesinato nuestro de cada día. Fue por el siniestro doloso en que una mujer perdió la vida mientras conducía su coche.
Sucedió en la intersección de la avenida Fortunato de la Plaza y Vernet a primera hora de la mañana, mientras la víctima viajaba acompañada de su pequeña hija de siete años. Allí, el auto en el que se encontraban fue embestido por otro que circulaba a alta velocidad mientras -según aportes de testigos- participaba de una “picada” callejera.
Fuentes policiales indicaron que la víctima fatal se llamaba Marta Cristina Candan, y al momento del accidente, al igual que la niña que la acompañaba, tenía abrochado el cinturón de seguridad. Pero el impacto que recibió sobre el lateral que corresponde al conductor fue tan violento, que le provocó la muerte de forma inmediata. La niña fue derivada al Hospital Materno Infantil: las lesiones que presentaba no ponían en riesgo su vida.
También permanecen internados, pero en el Hospital Interzonal General de Agudos, dos ocupantes del otro vehículo, también con lesiones varias pero fuera de peligro. Ambos están a disposición de la justicia, y serán sometidos a los tests de alcoholemia para determinar si, como se presume, habían bebido en exceso. Porque las mismas fuentes policiales confirmaron que en el interior del VW Gol Trend, el que tripulaban los dos hombres, se secuestraron botellas de bebidas alcohólicas.
A esa hora de la mañana, cualquiera que conozca el barrio de Punta Mogotes sabe que las picadas no son una excepción. Ni allí ni en la transitada avenida Juan B. Justo. Pero también es cierto que los habituales corredores de picadas que permanecen en la actividad más allá del amanecer, están ya en avanzado estado de ebriedad: corren y apuestan toda la noche, mientras beben todo lo que han podido comprar. Nunca se vio intervenir a la Dirección de Tránsito local. Jamás un testigo presenció que los agentes de Tránsito hubieran detenido a alguno de los que corren picadas por dinero. Semejante omisión huele mal, muy mal, porque las carreras callejeras ilegales son un negocio suculento para muchos.
Sí, en cambio, se ve a los equipos de Tránsito permanecer en sectores de la ciudad donde es fácil detener conductores, personas que concurren a esa misma hora de la mañana a trabajar, solicitarles todos los papeles posibles, y multarlos por el más mínimo olvido.
La población continúa, sin embargo, preguntándose dónde diablos están cuando los conductores imprudentes de esta ciudad hacen prácticamente cualquier cosa. Cuando los camioneros pasan los semáforos en rojo con una carga inmedible, que causaría la muerte inmediata de cualquiera que se cruzara en su camino. ¿Dónde están cuando pasan coches sin patentes, sin una sola luz? ¿Dónde? Multando a quien se olvidó de traer el último recibo del seguro, porque cobran porcentaje sobre las sanciones.
Una fuente allegada a este semanario ha atestiguado que, en muchas ocasiones, los agentes de Tránsito aceptan coimas, que los conductores pagan a cambio de no demorar más su trayecto, ni perder la mañana siguiente en el tribunal. Pero los agentes, rápidos y mendaces, pasan la multa igual, para no perderse la comisión que les representa. Así, el desprevenido que creyó haber “arreglado “ por unos pesos, pagará dos veces, y obviamente no tendrá a quién quejarse. Porque él mismo sabrá que hizo lo que no debía.
Para muestra
Pero el caso que hoy nos ocupa es precisamente el de uno de los indefensos que no “arreglaron”, porque parece haber tenido oportunidad, ya que realizó la pertinente denuncia penal contra los agentes intervinientes por intento de extorsión, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Se trata de Silvio Gastón Río, quien había sido multado el 20 de marzo de 2013, momento en el que se le retuvo su licencia de conducir, a su criterio injustamente. Río aduce no sólo no haber cometido la falta que se le menciona, sino que en el caso de haberla cometido, no correspondía la retención de la licencia de conducir.
Con esa denuncia en mano, y convencido del incorrecto accionar de los policías, Río se presentó ante el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito, a cargo de Claudia Rossi. Pero allí únicamente le permitieron dejar una copia de la denuncia penal, y le dijeron que no podía efectuar el correspondiente descargo, que sería citado “por sistema”. Debía esperar la fecha de la audiencia sin registro de conducir.
Agotados los plazos esperables, Río ya no podía conducir con la copia de la infracción, por lo que se presentó ante el Juzgado Administrativo de Tránsito en Dolores a solicitar audiencia para su descargo. Pero allí le repitieron la misma perorata: que lo iban a citar para una audiencia donde podría hacer su descargo. Ese sería el momento de su legítima defensa, según prevé la ley. Pero Silvio tenía que esperar.
Pasó el tiempo, y nada sucedió. El siguiente 3 de septiembre, Silvio Río volvió a reclamar: necesitaba su registro y no había tenido respuesta del órgano encargado de juzgar las faltas de tránsito. Así que envió una carta documento a ese mismo juzgado, intimándolo a que en un plazo de 48 horas debía aceptar el descargo que él estaba efectuando por escrito, ya que estaban vencidos todos los tiempos que prevé la ley. Decía además que, por todo lo expuesto, debía anularse la infracción del caso, y restituírsele la licencia de conducir que nunca debió ser retenida.
Pero llegó el 26 de septiembre, y el juzgado no había contestado, por lo que el ciudadano sintió que se encontraba en completo estado de indefensión: los estamentos de la justicia no le respondían, ni consideraban que debieran devolverle unos derechos que había visto vulnerados. Por esa razón, decidió presentar un recurso de amparo contra el mencionado juzgado, acusándolo de omisión: no lo habían citado para el descargo, y él consideraba que se trataba precisamente de un ardid. Apuntaba a que pagara la multa antes de que se resolviera el procedimiento administrativo pertinente. Es decir, en buen criollo, a ganarle por cansancio.
Decía además que no existía otra “acción judicial idónea” a la que él pudiera recurrir, ya que había agotado instancias, y necesitaba su registro de conducir para realizar su trabajo. Había permanecido sin la documentación durante seis meses.
Pero como Río tiene su domicilio legal en Tandil, el recurso fue a parar al Juzgado Civil y Comercial n° 2 de esa ciudad, que rechazó el amparo diciendo que correspondía que el trámite siguiera su curso por la vía administrativa. Que ese fuero preveía –incluso- los recursos posibles a las cuestiones de su incumbencia.
Harto ya, el denunciante recurrió a presentar una apelación, aduciendo que se encontraba sin registro de conducir injustamente, y que no encontraba en la justicia otro canal válido para dar lugar a su reclamo: la jueza no lo citaba y el tribunal al cual había solicitado amparo no le daba lugar. Por lo tanto como ciudadano, estaba atado de pies y manos mediante otro instrumento extorsivo, que lo obligaba a pagar una multa indebida para poder volver a manejar su coche. La demora es en sí misma una ilegalidad, y una forma de desamparo.
La respuesta
El recurso vino a dar en la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Mar del Plata, integrado por Elio Horacio Riccitelli y Roberto Mora, quienes le otorgaron razón sobre lo procedente de su reclamo, ya que consideraron que se encontraban ante una omisión del Estado.
Dijeron que el juez administrativo estuvo “ausente en el caso”, y que además resultaba claro que “nos encontramos ante un procedimiento administrativo por infracción de tránsito abierto aunque no impulsado por la dependencia obligada a ello ni, menos aún, resuelto”.
Por esa razón decidían revocar el fallo del juez de grado, diciendo que se encontraban ante un ejemplo de “parálisis, retardo y/o nula actuación de estas particulares dependencias provinciales”, a la vez que aseguraban que existían otros aspectos controvertidos de la regulación del tránsito provincial que dejan entrampados a los ciudadanos ante procedimientos de faltas inconclusos.
Bien: con esto afirman que corresponde prestarle atención, pero hasta el día de la fecha, Río no tiene registro. Y el tribunal de Dolores tiene acumulados más de 8.000 escritos y descargos que están pendientes de resolución.
Por esa razón, las personas comúnmente desisten de la oportunidad de probar que han sido multados injustamente, y a veces extorsionados o agredidos, porque se cansan. Además, porque necesitan renovar las licencias de conducir, y para ello conseguir el certificado libre deuda, que es pertinente y obligatorio.
El ámbito de lo administrativo sigue siendo -para todo nuestro medio- un callejón sin salida, donde paradójicamente la justicia parece no existir. Al conductor nadie jamás lo escucha, y además le avisan veladamente que, si quiere volver a manejar, más le vale pagar y callarse. Porque si pretende argumentar, estará atado de pies y manos hasta que se canse. Porque ellos siempre ganan por hartazgo.