Inadmisible

Caso camping El Durazno | El Tribunal de Casación declaró nulo el fallo que consideraba no culpables a los acusados de violación. Pero, además, declaró «inadmisible» cualquier cuestionamiento que se les haga. Acá, mandan ellos.

La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró así, inadmisible, cualquier intento de cuestionar sus actos. Esto sucedió tras los recursos recibidos cuando —con voto del juez Víctor Horacio Violini— se declaró nulo el juicio por jurados en el que ya se habían hallado «no culpables» a los tres jóvenes acusados de abuso de menor en el camping El Durazno.

Los hechos acontecieron en Miramar, en la madrugada del 1º de enero de 2019, y recién en 2021 un jurado popular encontró «no culpables» a Lucas Pitmann, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba, acusados de abuso sexual con acceso carnal agravado, por ser cometido contra una menor de edad.

Los particulares damnificados no tenían mucho que hacer, porque al tratarse de un juicio por jurados,no hay posibilidades de recurrir ese fallo que es prácticamente una sentencia definitiva. Entonces, procedieron a solicitar la inconstitucionalidad, precisamente, de esa disposición. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar Del Plata lo desestimó.

Resulta que la causa llegó rápidamente al Tribunal de Casación, claramente impulsada no sólo por los abogados de la familia perjudicada, sino además con el apoyo del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires. Todos criticaban la resolución por la cual una víctima no podría recurrir un veredicto absolutorio que le era adverso. Pero, claro, olvidaban poner en primer término que se trataba de un juicio por jurados: quien se expide en ese caso no es el juez, sino la sociedad misma. El espíritu de la decisión es otro.

Las quejas

De todas maneras, los representantes de la víctima alegaban que todos los actos llevados a cabo por la menor en el juicio oral, inclusive su declaración testimonial, se habían desarrollado sin la intervención positiva de la Asesora de Menores e Incapaces, que es lo que indica la ley.

También adujeron que, en virtud del tipo de juicio que se llevaba a cabo, hubo muchas instrucciones al jurado, y que tales indicaciones no fueron realizadas desde una perspectiva de género. Es decir, que ingresaron tanto información de peritos como información de testigos que incluían estereotipos de género, respecto de los cuales no se realizó ninguna observación.

Es a partir de aquí que los jueces de Casación aseguraron que el hecho de que no hubiera intervenido adecuadamente la Asesora de Menores en todas las actividades de la víctima en el juicio, constituía un perjuicio: «un avasallamiento a sus derechos reconocidos», que es a su vez contraria a la ley 26.061 de Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes. Agregaron que este elemento les alcanzaba para una impensable nulidad del juicio, ya que suponía una violación al debido proceso.

Con esta decisión, le estaban devolviendo la jurisdicción al Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata para que efectivizara una nueva conformación del jurado e, ineludiblemente, un nuevo juicio.

El abogado Martín Bernat es el defensor de uno de los acusados, que había resultado absuelto, y ahora ve que su situación se vuelve un limbo. Explica ante la 99.9.: «la Sala III del Tribunal de Casación Provincial ha excedido su esfera de competencia y jurisdicción y, mediante una decisión manifiestamente antirrepublicana decidió, sin mayores reflexiones, revocar una decisión emanada directamente del Pueblo, por cuya propia naturaleza resulta irrevisable, aboliendo de esa forma, en 7 carillas, siglos de evolución juradista».

Bernat además recordó que, luego de que los tres imputados fueran absueltos en el juicio por jurados, los particulares damnificados presentaron una serie de recursos sin acompañamiento de la fiscalía que llegaron hasta el punto de conseguir el beneplácito de Casación, lo cual es, a todas luces, impensado.

El abogado continúa con su racconto de lo sucedido: «presentamos sendos recursos extraordinarios ante la Corte Provincial donde solicitamos una serie de cuestiones como la nulidad de esa resolución, porque consideramos que no es compatible con el sistema jurídico que tenemos. Denunciamos una serie de irregularidades y sobre todo, que un juicio por jurados no puede ser revisable. Estos recursos fueron declarados inadmisibles por el propio Tribunal de Casación. Ahora estamos yendo en queja a la Corte porque entendemos que es una decisión dictatorial. No permiten que se pueda revisar lo que ellos decidieron».

Sin fundamentos

«Inadmisible» significa que no admiten ningún cuestionamiento sobre la decisión que tomaron. Y el abogado dice que no le sorprende, porque cuando emitieron la nulidad lo hicieron a través de una resolución que no estaba fundamentada en el derecho, que olvidaba la jurisprudencia y las doctrinas: «decidieron no ajustarse a derecho resolviendo de forma antirrepublicana», cerraba.

Pero lo había intentado. Había realizado una presentación en la que le decía directamente a Casación que no había sido correcta la decisión. Y le daba fundamento a sus dichos: «No siendo suficiente el atropello a la normativa internacional, los magistrados incurrieron en violación al artículo 371 quater, inciso 7 del C.P.P.B.A, mediante el cual se establece que la sentencia absolutoria derivada del veredicto de no culpabilidad del jurado es irrecurrible».

Pero, claro, los tiempos de la justicia son unos, y los de las personas son otros. Porque mientras todo esto sucede, los acusados viven en un verdadero limbo judicial, crece la incertidumbre y los imputados siguen sometidos a un proceso y a un escarnio público. Agrega Bernat: «La carga de la incertidumbre es devastadora porque son chicos jóvenes que no pueden rehacer su vida y el perjuicio es irreparable».