De responsabilidades e incompetencias I. El bullying está al orden del día. Y no se trata de aquella vieja idea de que «a golpes se hacen los hombres», como si cierto nivel de violencia o brutalidad fuera tolerable a la hora de formarse y ser duro en la vida. Hoy por hoy, la violencia está mal vista, y está bien que así lo sea. Sin embargo, las formas que adopta esta violencia han mutado hacia el uso de los aparatos y la tecnología. En un fallo reciente, sobre un caso en el que un chico fue humillado durante años por un compañero de la escuela primaria, la justicia condenó a la institución, por no haber tomado las acciones necesarias para evitar el bullying al que fue sometido. Según la sentencia, la escuela deberá pagar una suma que supera los $500 mil. Durante la investigación se comprobó que el niño fue humillado y hostigado durante seis años por un compañero del Instituto la Inmaculada Colegio San José, de Ensenada. El acoso se daba en los recreos tanto de forma verbal, física y psicológica, y también a través de las redes sociales. El antecedente formará parte de una demanda que se inicia esta semana en contra del colegio IDRA.
De responsabilidades e incompetencias II. Una menor, alumna del colegio IDRA, debió ser trasladada a otra institución educativa de la ciudad tras el acoso sistémico que recibió por parte de sus compañeros tanto en forma física como a través de las redes sociales, sin que las autoridades del establecimiento tomaran acciones concretas para terminar con la situación. En el fallo al que hacemos cita, la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de La Plata considero que, si bien ante un caso de bullying hay responsabilidad de varios actores de la sociedad, incluidos los padres, la institución educativa «tomó acciones insuficientes para remediar la agresión» y por lo tanto es responsable patrimonial del daño. Precisaron que, en un contrato con un colegio privado, «parece claro que lo principal es impartir instrucción escolar al menor, pero a la par de esa prestación primaria, básica o nuclear pervive una obligación accesoria implícita de garantía a través de la cual la institución se obliga a velar por la salud física y moral de los alumnos y a devolverlos sanos y a salvo a sus padres». El fallo también indica: «En estos términos, el titular del establecimiento educativo debe garantizar que si un alumno menor de edad que se halla o deba hallarse bajo el control de su autoridad escolar causa un daño a otro o él mismo sufre el perjuicio, responderá de las consecuencias y resarcirá al damnificado por el evento ilícito».
De otros acosos y violencia. Lo que viene sucediendo en los boliches de Playa Grande, va a terminar aún peor que con el fallecimiento de Lele Gatti. Todos los días se escuchan quejas por el comportamiento que se da en los distintos espacios. Los jóvenes de Mar del Plata dicen ser discriminados, como en cosaión del fin de semana largo, en el que fueron echados de mal modo de Bruto. También se habla mucho de la violencia del personal de seguridad que trabaja en Quba. El negocio es demasiado bueno para perderlo como perdieron Alem.
Acto en una botella. El acto que realizó en la ESMA Cristina Elisabeth Fernández y su mínima secta fue un acto en una botella: en YouTube, en un país como Argentina, con 45 millones de habitantes, tuvo apenas 28.673 espectadores. Pobrísimo.