Malas lenguas 1262

Lucía, los jueces y Barbano I. Lucía Pérez murió ahogada en su propio vómito. Lucía Pérez fue «empalada» por una fiscal ignórate, María Isabel Sánchez, quien debería, cuando menos, haber sido echada de la fiscalía a la que aún concurre, percibiendo un suculento estipendio que le paga el Estado financiado por los impuestos regresivos que pagamos entre todos. Lucía Pérez es el instrumento de una acción antijurídica sostenida en por la presión de grupos ideológicos de izquierda que actúan bajo el paraguas de su madre, Marta Montero. Los jueces están suspendidos porque el fallo es observado como falto de perspectiva de género. Un fallo que no está firme, y al respecto del cual hay en ciernes un nuevo juicio. Rolando Barbano publica en Clarín un artículo acusatorio a abogados del foro local, acusándolos por hacer su trabajo de estricta raigambre consitucional. ¿Y Lucía Pérez?

Lucía, los jueces y Barbano II. Conocido el dictamen del jury de enjuiciamiento, una corriente de rechazo corrió por la plétora local. Ambos jueces son respetados, aún por aquellos que no han tenido, para sus pupilos, la mejor suerte a la hora de conocerse las resoluciones judiciales de este tribunal. Lo llamativo, es que al colega Barbano —que predica en contra el fallo hoy anulado—, le parece cuestionable que abogados del fuero se manifiesten en contra de la resolución del jury y publique un artículo de tremendo contenido antidemocrático. La tarea de los profesionales de derecho es equiparable a la de los magistrados, y tienen el deber y derecho de representar la defensa de quienes solicitan sus servicios profesionales. Entre tantos datos, el colega obvia que la defensa del caso la llevó una abogada oficial, Laura Solari, de larga trayectoria en el foro. Barbano ha considerado que la defensa en un juicio es casi un crimen, en un artículo plagado de inexactitudes y viciado por las fuentes, que hacen su agosto con un ejercicio abusivo del rol de dolientes de las víctimas. La Red de Jueces Penales emitió un pronunciamiento donde señalan que «la sentencia originaria del Tribunal marplatense (causa n° 4974), del 26/11/2018, condenó a Matías G. Farías y a Juan P. Offidani a las penas de 8 años de prisión y multa de $135.000, para cada uno, como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo (hecho n° 1), a la vez que los absolvió por el abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y favorecido por el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio (hecho n° 2); además, absolvió a Alejandro Alberto Maciel en orden al delito de encubrimiento agravado por la gravedad del ilícito». No hubo impunidad: hay una condena conforme al código penal. ¿Qué buscan los «colectivos de izquierda» que alimentan a Barbano? ¿Hogueras como en la edad media? Deberían proponerlo, sería más honesto.

El abuso interminable. Ese es el título que Rolando Barbano utiliza para hablar del caso Lucía Pérez a 400 kilómetros de distancia y sin ver las constancias del expediente; sumándose a algo muy peligroso. Los jueces que deban tomar el caso están de por si obligados a condenas extremas aún sin elementos ciertos. El próximo juicio, si es técnico, tiene la sentencia escrita de antemano.